Instructivo Nº 1 - Formulario para
la Solicitud de Autorización de Prácticas Restrictivas de la Competencia
Gaceta Oficial de la República Nº 32.257 miércoles 21 de julio de 1993
REPÚBLICA DE VENEZUELA
MINISTERIO DE FOMENTO
SUPERINTENDENCIA PARA LA PROMOCIÓN
Y PROTECCIÓN DE LA LIBRE COMPETENCIA
Caracas, 12 de julio de 1993
Años 183º y 134º
De conformidad con el numeral 10 del artículo 29 de la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia, en concordancia con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento Nº 1 de la citada Ley, esta Superintendencia dicta el siguiente:
INSTRUCTIVO Nº 1
FORMULARIO PARA LA SOLICITUD DE
AUTORIZACIÓN
DE PRÁCTICAS RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento Nº 1 de la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia que regula el Régimen de Autorizaciones aplicable a aquellas prácticas y conductas que a pesar de encontrarse prohibidas en la Ley por restringir la competencia, generan eficiencia económica y beneficios para la sociedad, serán susceptibles de autorización los acuerdos, decisiones, prácticas concertadas o recomendaciones colectivas que tengan por objeto, entre otros:
1.- La aplicación uniforme entre competidores de normas y tipos relativos a condiciones generales comerciales, así como de suministros y pagos.
2.- La investigación y desarrollo conjunto entre competidores, de mejoras técnicas y tecnológicas.
3.- La especialización entre competidores, a fin de racionalizar, planificar y fomentar la producción y los acuerdos necesarios para su realización o ejecución.
4.- La exportación de bienes o servicios, entre competidores.
5.- El compromiso de una parte del acuerdo respecto de la otra de suministrar o comprar en exclusiva determinados productos.
6.- La imposición o establecimiento de limitaciones en relación con la adquisición o utilización de derechos de propiedad industrial e intelectual, incluidos los conocimientos técnicos.
7.- El otorgamiento de franquicias, y
8.- Otros acuerdos que cumplan con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley y el artículo 10 del Reglamento Nº 1 de la citada Ley.
I. Información relativa a los solicitantes de la autorización:
I.1.- Identificación completa y domicilio del solicitante.
En caso de persona natural, la solicitud deberá expresar su nombre y apellido, nacionalidad, profesión y número de cédula de identidad o pasaporte.
En caso de persona jurídica, la solicitud deberá contener la denominación o razón social y los datos relativos a su creación e inscripción por ante la Oficina del Registro Mercantil o Subalterno respectiva. Además, deberá indicarse la identificación y domicilio de los socios o asociados, con expresión de los nombres y apellidos, números de las cédulas de identidad o pasaporte de cada uno de ellos.
Cuando la solicitud la suscribiera una persona procediendo a nombre de otra (s) natural (es) o jurídica (s), deberá acompañar además el instrumento auténtico que así lo acredite.
I.2.- Si la solicitud fuese formulada conjuntamente por varias personas naturales y/o jurídicas, deberá contener información detallada sobre la identificación de todas ellas, sus respectivos domicilios y datos relativos a su creación o registro, según el caso. Además, deberá expresarse la identificación y domicilio de todos los socios o asociados y de sus representantes legales, si fuese el caso, con expresión de los nombres y apellidos, número de las cédulas de identidad o pasaporte de cada uno de ellos, y finalmente, información clara y precisa relativa al objeto y actividad social, para lo cual deberán acompañar los documentos que así lo acrediten.
I.3.- Si se trata de empresas cuya sede principal o casa matriz se encuentre fuera del territorio venezolano, se deberá señalar adicionalmente si ejerce el control de alguna filial o representante en Venezuela, y en caso afirmativo, se deberá señalar su domicilio.
I.4.- Dirección donde se harán las notificaciones pertinentes.
II. Información relativa al contenido del acuerdo cuya autorización se solicita
El interesado deberá hacer una relación completa acerca del acuerdo haciendo referencia a los anexos que le acompañan, si tal es el caso. Dicha relación deberá contener:
II.1.- Descripción detallada del acuerdo, con especial énfasis en:
II.2.- Indicar si el acuerdo tiene por objeto o efecto, directo o indirecto:
III. Descripción del Mercado Relevante
En la solicitud el interesado deberá identificar el mercado en el cual se aplicará o ejecutará el acuerdo cuya autorización se solicita, para lo cual se acompañarán los anexos pertinentes. En particular, se deberá establecer:
III.1.- La posibilidad de sustitución de los bienes o servicios objeto del acuerdo en términos:
III.2.- La posibilidad de sustitución de los bienes o servicios objeto del acuerdo por otros importados originada en razón de:
III.3.- La posibilidad de los consumidores proveedores o usuarios del bien o servicio de disponer de fuentes actuales o potenciales de oferta o de demanda alternativas de bienes o servicios idénticos o sustitutos.
III.4.- Costos de transporte, de comercialización y de seguros.
III.5.- La existencia y efectos de restricciones al comercio nacional, originadas en normas jurídicas nacionales o extranjeras que limiten el acceso de compradores a proveedores o de vendedores a compradores alternativos de bienes y servicios sustitutos.
III.6.- Descripción de la estructura del o de los mercados de los bienes o servicios objeto del acuerdo, señalando los siguientes aspectos:
IV. Objetivos y beneficios derivados del Acuerdo
El interesado manifestará en su solicitud los hechos y motivos por los cuales el acuerdo es susceptible de autorización, indicando entre otros:
IV.1.- De qué manera la realización del acuerdo contribuye a mejorar la producción o la comercialización de bienes y servicios, o a promover el desarrollo técnico o tecnológico.
IV.2.- Cualquier otra información y documentación que a juicio del interesado permita a la Superintendencia apreciar por qué el acuerdo produce otros beneficios que justifiquen la autorización.
La Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia garantiza la confidencialidad de toda la información suministrada, cuando así lo haya manifestado la parte interesada, salvo aquella información que por Ley se establezca su registro o publicidad, de conformidad con el artículo 31 de la Ley.
Comuníquese y Publíquese;
Ana Julia Jatar
Superintendente